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Prohíben a militares portar armas en centros de bebidas alcohólicas

El Ministerio de Defensa emitió la circular 6-2025 que prohíbe a todos los miembros de las Fuerzas Armadas portar armas de fuego mientras se encuentren en establecimientos donde se expendan bebidas alcohólicas, independientemente de si están vestidos de civil o con uniforme.

La medida, extensiva a las discotecas, drinks, bares, colmadones y otros comercios de “naturaleza similar”, tiene como objetivo principal reducir riesgos y promover un comportamiento responsable entre el personal militar y policial, especialmente en contextos que puedan implicar el consumo de alcohol.

Según la directiva, la disposición responde a la necesidad de prevenir incidentes que puedan poner en peligro la seguridad ciudadana y afectar la imagen institucional.

El ministerio advirtió que cualquier incumplimiento de esta norma será sancionado disciplinariamente.

La misiva del ministro Carlos Antonio Fernández Onofre advierte a los hombres y mujeres, sin distinción de rango, categoría o función, someterse a las restricciones de la Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas (139-13), artículo 190, relativo a las declaraciones no autorizadas.

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