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Morel Diplán es posisionado arzobispo coadjutor en la Arquidiócesis de Santo Domingo

Santo Domingo. – Monseñor Carlos Tomás Morel Diplán tomó posesión canónica como arzobispo coadjutor de la Arquidiócesis de Santo Domingo, con derecho a sucesión, durante una misa solemne celebrada en la Catedral Primada de América.

La ceremonia fue presidida por el arzobispo metropolitano, monseñor Francisco Ozoria Acosta, y contó con la participación de obispos de la Conferencia del Episcopado Dominicano (CED) y de la vicepresidenta de la República, Raquel Peña.

El Papa León XIV designó a monseñor Carlos Tomás Morel Diplán como arzobispo coadjutor de Santo Domingo, con derecho de sucesión. Hasta la fecha, se había desempeñado como obispo de La Vega desde el 7 de diciembre de 2024.

El nombramiento fue anunciado el pasado 18 de octubre y, hasta su designación, monseñor Morel Diplán se desempeñaba como obispo de la Diócesis de La Vega, cargo que asumió el 7 de diciembre de 2024.

Como arzobispo coadjutor con derecho a sucesión, Morel Diplán asumirá automáticamente el cargo de arzobispo de Santo Domingo cuando el actual arzobispo, monseñor Francisco Ozoria, renuncie o cese en sus funciones. Se espera que esto ocurra pronto, ya que Ozoria cumplirá 75 años, la edad de jubilación según el derecho canónico.

Realizó sus estudios filosóficos y teológicos en el Seminario Pontificio Santo Tomás de Aquino (SPSTA). Fue ordenado sacerdote el 24 de junio de 2000.

En 2001, realizó un curso de Pastoral Vocacional en Colombia y, en 2007, concluyó la licenciatura en Teología Moral en la Academia Alfonsiana de Roma.

En la Arquidiócesis de Santiago de los Caballeros, ha desempeñado las siguientes funciones: vicerrector y rector del Propedéutico y Filosofado San Pío X, encargado de la Obra Arquidiocesana de las Vocaciones, profesor en la Pontificia Universidad Católica Madre y Maestra (PUCMM), director de la Escuela de Diáconos Permanentes San Esteban, y miembro del Colegio de Consultores, del Consejo Presbiteral y del Tribunal Eclesiástico.

Claro, aquí tienes el párrafo corregido:Sobre los obispos coadjutores.

Según establece el Código de Derecho Canónico, el obispo coadjutor «asiste al obispo diocesano en todo el gobierno de la diócesis y actúa en su lugar cuando este se encuentra ausente o impedido».

Al quedar vacante la sede episcopal, el obispo coadjutor pasa inmediatamente a ser obispo de la diócesis para la que fue nombrado, siempre y cuando ya haya tomado legítimamente posesión.

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