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Senado RD aprueba ley orgánica Cámara de Cuentas

El Senado de la República aprobó en única lectura el Proyecto de Ley
Orgánica de Cámara de Cuentas de la Autoría del Senador Félix
Bautista, acogiendo las observaciones del poder ejecutivo. La pieza
aprobada deroga en todas sus partes la Ley 10-04 del 20 de enero de
2004.
La iniciativa fue aprobada con el voto favorable de la mayoría de los
senadores presentes y se fundamenta en el artículo 248 de la
Constitución Dominicana, que establece que establece que la Cámara
de Cuentas es el órgano superior externo de control fiscal de los
recursos públicos, de los procesos administrativos y del patrimonio del
Estado.
El Senador Félix Bautista destaco que la nueva Ley de Cámara de
Cuentas establece de manera clara y precisa las atribuciones y
competencias de la Cámara de Cuentas, facilitando la coordinación
interinstitucional; la rendición de cuentas de quienes administran
recursos públicos; así como la promoción de una gestión ética,
eficiente y eficaz de los administradores del estado.
“Una de las novedades de esta Ley es que el bufete directivo será
seleccionado por el senado por un periodo de cuatro años. En la
antigua Ley era por dos años, lo que generaba conflicto entre sus
miembros por presidir la institución”, destaco el legislador
Por su parte, el artículo 250 de la Constitución establece que son
atribuciones de la Cámara de Cuentas, además de las que le confiere
esta ley: 1) Examinar las cuentas generales y particulares de la
República; 2) Presentar al Congreso Nacional los informes sobre la
fiscalización del patrimonio del Estado; 3) Auditar y analizar la
ejecución del Presupuesto General del Estado que cada año apruebe el
Congreso Nacional, tomando como base el estado de recaudación e
inversión de las rentas presentado por el Poder Ejecutivo, de
conformidad con la Constitución y las leyes, y someter el informe
correspondiente a éste a más tardar el 30 de abril del año siguiente,
para su conocimiento y decisión; 4) Emitir normas con carácter
obligatorio para la coordinación interinstitucional de los órganos y
organismos responsables del control y auditoría de los recursos

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